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Telefónica deberá pagar más de dos millones de pesos por líneas no contratadas en Neuquén

La Cámara de Apelaciones confirmó una indemnización por daño moral y una multa civil a favor de una mujer que durante más de un año figuró con líneas y deudas que jamás solicitó. El fallolambra que los errores de las empresas no se corrigen solos y que el consumidor tiene herramientas legales para exigir respuesta.

RC
Rosana CharoleComunidades y territorio · · 4 min de lectura
Telefónica deberá pagar más de dos millones de pesos por líneas no contratadas en Neuquén

A ella, a su comunidad y a su nombre de pila, la historia le empezó con un dato que no podía explicar: cuatro líneas Telefónica a su nombre que nunca había contratado. La mujer, que reside en Neuquén, descubrió que la empresa había asociado esos servicios a su identidad y que, cuandoCorrigió dos, otras dos reaparecieron. No fue un episode aislado, sino una cadena de errores que se extendió entre abril de 2023 y diciembre de 2024 y que terminó en los tribunales, con una indemnización de 600.000 pesos por daño moral y una multa civil de 1.473.684,21 pesos.

La justice Civil y Comercial de Neuquén hizo lugar a la demanda y la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería confirmó la sentencia el 3 de septiembre de 2026, al rechazar la apelación de Telefónica Móviles Argentina. Los jueces Nancy Noemí Vielma y Juan Manuel Menestrina tomaron en cuenta la cantidad de reclamos realizados por la consumidora, el tiempo que duró el problema y el desgaste que le provocó.

Más de un año de reclamos, una conciliación que no alcanzó

Antes de llegar a la Justice, la mujer había probado distintas vías. En aproximadamente siete meses formuló cuatro reclamos extrajudiciales, entre ellos presentaciones directas ante la empresa, una instancia de conciliación prejudicial y una carta documento enviada en noviembre de 2023. También promovió un hábeas data para exigir que se aclarara el uso de sus datos personales. En los hechos, el conflicto se agudizó con la aparición de deudas que ella consideraba infundadas y con la reiterada de líneas que no había solicitado.

La empresa sostuvo que se trataba de una confusión entre dos clientes con nombres similares y cuestionó tanto la existencia del daño moral como la multa civil. La Cámara no aceptó esa explicación. En su razonamiento, los juecessetjaron que el daño moral en una relación de consumo puede acreditarse a partir de circunstancias objetivas, sin que resulte indispensable una prueba psicológica específica, y que en este caso la incertidumbre generada por aparecer asociada a servicios no contratados superó las molestias habituales de cualquier vínculo comercial.

“Para desalentar conductas que perjudican a los consumidores y evitar que para una empresa resulte más rentable mantener una práctica abusiva, corresponde confirmar la multa civil y la indemnización por daño moral.”Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén

La multa no se apoyó solamente en el caso individual. Los jueces también consideraron que la compañía acumulaba 37 sanciones de la autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor en los cinco años anteriores. Ese datoforms parte del fundamento para confirmar la condemnación, junto con la extensión temporal del problema y la reiteración de los reclamos de la mujer.

  • Cuatro líneas telefónicas fueron asociadas a nombre de la consumidora sin que ella las hubiera solicitado.
  • El conflicto se extendió desde abril de 2023 hasta diciembre de 2024.
  • La mujer realizó cuatro reclamos extrajudiciales, una conciliación prejudicial y un hábeas data.
  • La sentencia de primera instancia 600.000 pesos por daño moral y 1.473.684,21 pesos por daño punitivo.
  • La Cámara de Apelaciones confirmó ambos montos y rechazó la apelación de la empresa.
  • El fallo tomó en cuenta 37 sanciones previas de la autoridad de Defensa del Consumidor.

A mí, como periodista, me parece que este caso habla de algo elemental: cuando una línea aparece con tu nombre y con una deuda que no reconocés, no estás exagerando ni confundiendo nada. Hay una reparación que industry's corresponde y hay una herramienta judicial que funciona, incluso cuando la vía administrativa lleva más de un año sin resolver el problema. LaJusticia no reemplaza la atención debida, pero ordena que la empresa asuma el costo de sus errores.

La comunidad de consumidores, en este casorepresented por la mujer quelevé la denuncia, pidió que se detuvieran los errores y que seSeqraran los datos de quienes nunca contrataron un servicio. El fallo les devuelve una respuesta concreta: a la empresa, a pagar; al sistema de Defensa del Consumidor, a tomar en serio el historial de sanciones; y a cualquier consumidor neuquino que se encuentre en una situación parecida, a saber que el reclamo formal, la conciliación y la instancia judicial son caminos reales para defender el derecho a no cargar con lo que no contrató.

RC
Rosana CharoleComunidades y territorio

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