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Miércoles, 14 de octubre de 2026
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Una década levantando peras y manzanas, una lesión en el hombro y una cooperativa que le dijo que no había lugar: la Justicia neuquina le dio la razón

Después de más de diez años como embalador en una cooperativa frutícola de la región, un operario se lesionó el hombro derecho y la empresa se negó a reubicarlo argumentando que no tenía tareas livianas. Cuatro años más tarde, la Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó que esa respuesta no alcanza: cuando un trabajador tiene restricciones médicas, es la patronal la que tiene que demostrar que no existe un puesto acorde, y no bastó con decirlo. Rosana Charole, Comunidades y territorio.

RC
Rosana CharoleComunidades y territorio · · 3 min de lectura
Una década levantando peras y manzanas, una lesión en el hombro y una cooperativa que le dijo que no había lugar: la Justicia neuquina le dio la razón

Lo conocí en los pasillos de los Tribunales Laborales de Neuquén, lo llamaremos acá Daniel, como tantos otros a los que la Justicia les termina cambiando la vida. Daniel es un embalador de fruta que pasó más de una década cargando cajas de peras y manzanas en una cooperativa de la región, desde enero del 2011, sin sanciones, sin llamados de atención, hasta que el hombro derecho le dijo basta en agosto del 2021, mientras hacía, justamente, lo que mejor sabía hacer en el galpón de empaque.

La ART se hizo cargo del tratamiento durante ocho largos meses. En abril del 2022 le dieron el alta, pero con una condición que cambiaba todo: solo podía volver si le asignaban tareas livianas, porque levantar cajas de fruta ya estaba fuera de discusión. Daniel agarró ese papel, lo leyó con la tranquilidad de quien piensa que el mundo le va a dar una mano, y mandó un telegrama pidiendo reincorporarse a su puesto. La cooperativa le contestó por carta documento reconociendo la restricción médica pero, al mismo tiempo, asegurándole que no existía ningún puesto disponible que se ajustara a esa nueva realidad. Daniel insistió por escrito, incluso les contó en qué sectores del galpón podía desempeñarse sin levantar peso. La respuesta volvió a ser la misma: no había lugar.

El ruidal de los testigos y el ruidal del fallo

En el juicio declararon seis compañeros de Daniel. Contaron, con una precisión que los magistrados subrayaron, que en el galpón había tareas concretas que no requerían esfuerzo en los brazos: el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado en el sector conocido entre los trabajadores como el aéreo. Varios de ellos coincidieron en un detalle clave: cada vez que alguien se lastimaba o no podía cargar peso, la empresa lo reubicaba en alguna de esas funciones. Uno de los testigos fue más allá y señaló que al menos cuatro embaladores habían sido trasladados a otros sectores en situaciones parecidas a la de Daniel. Es decir que el argumento de la cooperativa, el de que no había puesto, sonaba a excusa repetida y desmentida por la propia práctica del lugar.

El juez Luis Trani, del Juzgado Laboral N°3 de Neuquén,los testimonios y los calificó como coherentes, ordenados y concordantes. Fue más allá y aplicó un principio que en estos casos es central: cuando una empresa dice que no tiene un puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, no le alcanza con afirmarlo, es ella la que tiene que demostrarlo con papeles, con constancias, con algo concreto. La cooperativa no lo hizo. La cooperativa se quedó en el no, sin más. El fallo terminó reconociendo que Daniel tuvo razones más que suficientes para considerarse despedido en forma indirecta, esa figura legal que le permite al trabajador cortar el vínculo cuando entiende que la patronal no le dejó otra salida que la puerta.

Lo que pidió la comunidad y a quién

Daniel se consideró despedido y fue a juicio. La sentencia de primera instancia le dio la razón y la Cámara de Apelaciones la confirmó. La condena quedó en 676.751 pesos más intereses calculados desde el 2022, un monto que, según trascendió, está muy por debajo de los más de cuatro millones que originalmente se habían reclamado, lo que dejó un sabor a conformidad a medias en el propio Daniel y en sus compañeros, que ven cómo la Justicia tarda y, cuando llega, no siempre termina de reparar el daño. La comunidad de trabajadores del galpón, consultados por este portal, le piden al Ministerio de Trabajo de la Provincia del Neuquén y a la Subsecretaría de Articulación Laboral que intensifiquen las inspecciones en las cooperativas frutícolas del Alto Valle para que la próxima vez que alguien como Daniel se lastime un hombro y pida tareas livianas, la respuesta de la patronal no sea un no seco por carta documento, sino un lugar concreto donde poder seguir ganándose el pan sin destrozarse el cuerpo.

RC
Rosana CharoleComunidades y territorio

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